CADA DÍA SU AFÁN Diario de León
EUTANASIA Y TESTAMENTO VITAL
La
moralidad de una acción no depende del sentimiento personal, ni de la opinión
mayoritaria en la sociedad. Para comprenderlo basta ponerse en el puesto de la
persona que es agredida por quienes se justifican apelando a esos criterios.
Además,
a veces se fundamenta la moralidad en la normativa legal. Se piensa que cuando
una acción ha sido permitida o regulada por las leyes obtiene la categoría
ética suficiente. Pero se olvida que en ese principio se asientan las
dictaduras.
Todos
comprendemos que, a pesar de la regulación legal, no siempre es justo nuestro
salario, no siempre son rectas las normas de acogida a los inmigrantes, no siempre
es correcto el ajuste anual de nuestra pensión de jubilados.
Hace
tiempo fue despenalizado el adulterio, pero no por eso es moralmente bueno. Sin
embargo, al ser despenalizado y legalizado el aborto, muchos lo vieron como
licito. Pues bien, una legalización de la eutanasia no puede determinar la
bondad ética de dar muerte a una persona.
A
los que decimos oponernos a la legalización de la eutanasia, nos achacan con
frecuencia la tentación de aplicar al enfermo unos cuidados que no harían más
que alargar una vida en situación terminal. En realidad estaríamos tratando de prolongar
cruelmente el proceso del fallecimiento.
Seguramente
hay que clarificar muchos términos. Oponerse a la eutanasia activa no significa
abogar por la distanasia o “encarnizamiento
terapéutico”, que también puede ser inmoral. Si es inicuo dar la muerte directa
a un paciente, tampoco es deseable alargar el fallecimiento con medios
extraordinarios o desproporcionados.
Estos
términos son muy importantes. De hecho, hay tratamientos considerados como
extraordinarios, que pueden todavía ser proporcionados, dada la situación del
paciente. Y, al contrario, un tratamiento relativamente ordinario puede a veces
ser ya considerado como desproporcionado.
Hay
una sabiduría en “dejar morir” al paciente, sin forzar el uso de medios
experimentales. El juicio ético y una práctica cuidadosa han de saber
prescindir de los medios “desproporcionados” en el alargamiento de la vida.
Para esto no hace falta legalización, sino prudencia y discernimiento.
El
testamento difundido por la Conferencia Episcopal Española emplea justamente
estos conceptos: “Pido que si por mi enfermedad llegara a estar en situación
crítica irrecuperable, no se me mantenga en vida por medio de tratamientos
desproporcionados o extraordinarios; que no se me aplique la eutanasia activa,
ni se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de muerte; que se me
administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos”.
La
reflexión sobre los cuidados paliativos, tan importantes en el momento actual
de la medicina, merecería un espacio mucho más largo y matizado.
José-Román Flecha Andrés