INDULGENCIAS POR LOS DIFUNTOS EN
TIEMPO DE PANDEMIA.
Decreto de la Penitenciaría
Apostólica sobre las indulgencias plenarias para los fieles difuntos en la
actual situación de pandemia, 23.10.2020
Este año, en las circunstancias
actuales debidas a la pandemia de "covid-19", las indulgencias
plenarias para los fieles fallecidos se prorrogarán durante todo el mes de
noviembre, con la adecuación de las obras y condiciones para garantizar la
seguridad de los fieles.
Esta Penitenciaría Apostólica ha
recibido muchas peticiones de los sagrados pastores solicitando que este año, a
causa de la epidemia de "covid-19", se conmutaran las obras piadosas
para obtener las indulgencias plenarias aplicables a las almas del purgatorio,
según el Manual de Indulgencias (conc. 29, § 1). Por
este motivo la Penitenciaría Apostólica, por mandato especial de Su Santidad el
Papa Francisco, establece de muy buen grado y decide que este año, para evitar
las aglomeraciones donde están prohibidas:
a.- La indulgencia plenaria para los
que visiten un cementerio y recen por los difuntos aunque sólo sea mentalmente,
establecida por regla general sólo en días concretos del 1 al 8 de noviembre,
podrá ser trasladada a otros días del mismo mes hasta que acabe. Estos días,
elegidos libremente por los fieles, también pueden ser independientes entre sí.
b- la indulgencia plenaria del 2 de
noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los Fieles
Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y reciten
allí el "Padre Nuestro" y el "Credo", puede ser transferida
no sólo al domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los
Santos, sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por
cada uno de los fieles.
Los ancianos, los enfermos y todos
aquellos que por motivos graves no puedan salir de casa, por ejemplo a causa de
las restricciones impuestas por la autoridad competente para el tiempo de la
pandemia, con el fin de evitar que numerosos fieles se aglomeren en los lugares
sagrados, podrán obtener la indulgencia plenaria siempre que se unan
espiritualmente a todos los demás fieles, completamente desapegados del pecado
y con la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones habituales
(confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones
del Santo Padre), ante una imagen de Jesús o de la Santísima Virgen María,
recen oraciones piadosas por los difuntos, por ejemplo, laudes y vísperas del
Oficio de Difuntos, el rosario mariano, la corona de la Divina Misericordia,
otras oraciones por los difuntos más apreciadas por los fieles, o se dediquen a
la lectura meditada de alguno de los pasajes del Evangelio propuestos por la
liturgia de los difuntos, o realicen una obra de misericordia ofreciendo a Dios
los dolores y las dificultades de su propia vida.
Para facilitar la obtención de la
gracia divina por medio de la caridad pastoral, esta Penitenciaría ruega
encarecidamente a todos los sacerdotes con facultades adecuadas que se ofrezcan
con particular generosidad a la celebración del sacramento de la Penitencia y
administren la santa comunión a los enfermos.
Sin embargo, en lo que respecta a las
condiciones espirituales para la plena consecución de la indulgencia, se
recuerda que hay que recurrir a las indicaciones ya emanadas en la nota
"Sobre el sacramento de la penitencia en la actual situación de
pandemia", emitida por esta Penitenciaría Apostólica el 19 de marzo de
2020.
Por último, puesto que las almas del
Purgatorio son ayudadas por los sufragios de los fieles y especialmente por el
sacrificio del altar agradable a Dios (cf. Conc. Tr. Sess. XXV, Decr. De Purgatorio), se invita encarecidamente a todos los
sacerdotes a celebrar tres veces la santa misa el día de la Conmemoración de
Todos los fieles Difuntos, de acuerdo con la Constitución Apostólica "Incruentum Altaris",
promulgada por el Papa Benedicto XV, de venerada memoria, el 10 de agosto de
1915.
Este decreto es válido para todo el
mes de noviembre. No obstante, cualquier disposición en contrario.
Dado en Roma, desde la sede de la
Penitenciaría Apostólica, el 22 de octubre de 2020, memoria de San Juan Pablo
II.
MAURUS. Card. PIACENZA
Paenitentiarius Maior