Falsificación de los derechos de la familia

Autor: Diego Quiñones Estévez

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El derecho humano ha de garantizar la integridad de la institución divina y humana, como es la familia ya que constituye un bien común y universal donde las personas nacen, se desarrollan y educan para la vida.

La familia, comunidad natural de amor y solidaridad[1], es una estructura jurídica esencial, que, si tiene unos derechos[2] es porque ella misma los ha generado, y no porque el estado o cualquier postulado moral, ético o amoral, se los hayan concedido: ella es titular de unos derechos propios y originarios que la sitúan en el centro de la vida social[3].

El derecho humano, por tanto, ha de tener muy en cuenta que en la primera sociedad natural que es la familia, toda persona alcanza su identidad y dignidad antropológica donde la maternidad y la paternidad, la madre y el padre, son imprescindibles para garantizar la integridad de la familia. Lo prioritario es la familia, ya que de ella depende la existencia y la organización de la sociedad y del estado[4].

Cuando el estado quiere invadir la comunidad conyugal y familiar, se inventa unos derechos ideológicos que ponen en crisis a la familia. Es lo que ha sucedido en las legislaciones de España, Europa y América, que han fabricado leyes relativistas, amorales y libertarias que han dado lugar a un prototipo artificial y antinatural de pseudofamilia. A la familia natural se la ha querido mezclar y desvirtuar con los productos ambiguos de las orientaciones sexuales de la ideología de género. El radicalismo feminista y homosexual, han influido en las legislaciones relativistas y hedonistas para inventarse un sucedáneo de pseudofamilia cuyo objetivo es la destrucción de la familia natural y de la identidad sexual indiscutible del matrimonio mujer y hombre.

En vez de garantizar positivamente los derechos y deberes de la familia, el estado los desintegra atendiendo a los intereses privados del pansexualismo tanto del feminismo y como del homosexualismo radicales. Se destruyen los valores fundamentales de la familia como son la sexualidad responsable basada en el amor y el respeto mutuo entre el hombre y la mujer, la maternidad y la paternidad, la filiación y la fraternidad. De forma coactiva, el estado impone una legislación antifamilia inventándose derechos inexistentes como el del aborto, el de la adopción de niños por homosexuales, el del divorcio exprés o el de la artificial y deshumanizadora procreación asistida.

En la puesta en práctica del derecho sobre materia familiar, con premeditación, se olvida el pluralismo moral, ético e ideológico de las sociedades democráticas, y todo por hacerle la cama a los deseos y necesidades de unas minorías que no representan ni en la Historia, ni en la realidad cotidiana, lo que ha sido y es la comunidad de personas que es la familia.

De aquí que los derechos originarios de la familia se falsifiquen en el ordenamiento jurídico y se les suba al tren de los derechos sociales de lo políticamente correcto con leyes que otorgan privilegios y entidad jurídica a ciertas y aberrantes imitaciones de la familia natural como son las uniones de homosexuales, las uniones de hecho o la poligamia que niega que la mujer y el hombre tengan la misma dignidad personal. Todas ellas son uniones civiles que únicamente se rigen por la práctica privada de la sexualidad como un producto más de la sociedad de consumo.

De este modo, el estado quiere pervertir el sentido jurídico de la familia y del matrimonio varón y mujer, en lugar de protegerlos. Se discrimina a la institución de la familia que es la única que garantiza el orden y el equilibrio de las generaciones. Éste orden y equilibrio vienen dados porque en la familia natural, en el matrimonio varón y mujer, existe un deber y una responsabilidad que es el de la humanización[5] de la persona y de la sociedad: como de la familia nace el amor y la vida, a la familia natural le corresponde la responsabilidad de llevar a cabo una sexualidad heterosexual en un matrimonio “legítimo e indisoluble”[6] de un hombre y una mujer, destinado a la procreación o la adopción y a la educación integral de los hijos; la familia es responsable de que la persona empiece a tener conciencia del bien y de la verdad, de la solidaridad y de la sociabilidad, de la justicia y de la caridad, de la paz y del respeto a la autoridad; la familia tiene el deber de mantener vivos los lazos intergeneracionales y propiciar la estabilidad y la prosperidad de la sociedad; ella es la primera transmisora de los valores ético-morales, del patrimonio religioso- espiritual y cultural de las naciones.

Diego Quiñones Estévez. http://www.verdadypalabra.com/

La familia natural, ha de ser reconocida institucionalmente y también ha de ser protegida por el derecho positivo. El derecho humano tiene la obligación de hacer factible el reconocimiento de la identidad de la familia basada en el matrimonio estable e indisoluble de hombre y mujer, para así defenderlos de las falsificaciones ideológicas que amenazan con desintegrarlos con formas de convivencia tan contrarias a ella.

Los derechos de la familia natural, bien delimitados en los artículos 16,3 y 25,2 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (1948), y por supuesto en la Constitución Española(1978), no forman parte de las invenciones políticas de los llamados nuevos derechos sociales, que, de “nuevos” tan sólo tienen el rótulo eufemístico porque la realidad es que no son más que las artificiales y relativistas propuestas de siempre del neolaicismo, del neosocialismo, del neomarxismo y del neoliberalismo, en resumen, del humanismo inmanentista[7], tan opuesto al humanismo integral y solidario del Cristianismo Católico. Los derechos y deberes de la familia son inviolables porque la familia está legitimada por la naturaleza humana y no por el reconocimiento del estado[8]. A éste y a la sociedad sólo les corresponde tener una función de subsidiariedad con la familia y no de someterla y destruirla con leyes arbitrarias y contrarias a la recta razón y a la ley de Dios.



[1] Pontificio Consejo <<Justicia y Paz>>, “La subjetividad social de la familia”, en Compendio de la doctrina social de la Iglesia, Biblioteca de Autores Cristianos, Editorial Planeta, Madrid, 2005, nº 229, págs 119-120.

[2] D´Agostino, Francesco, “Familia y derechos de los menores”, en Lexicón, Consejo Pontificio para la Familia, Ediciones Palabra, Madrid, 2004, págs, 429-440.

[3] Juan Pablo II, “Carta a las familias Gratissimum sane, 17, C.f. “La familia, célula de la sociedad”, en Pontificio Consejo <<Justicia y Paz>>, en Compendio de la doctrina social de la Iglesia, Biblioteca de Autores Cristianos, Editorial Planeta, Madrid, 2005, nº 211,  págs 109-110.

[4] Pontificio Consejo<<Justicia y Paz>>, “La familia, célula de la sociedad”, en Compendio de la doctrina social de la Iglesia, op. cit., nºs 212 y 213, págs 110-111; Asociación de Editores del Catecismo, “Amarás a tu prójimo como a ti mismo”, en Catecismo de la Iglesia Católica, Edit., Asociación de Editores Católicos, Madrid, 1992, nºs 2207-2213, págs, 484-488.

[5] Juan Pablo II, Exh. Ap. Crhistifideles laici, 40, C.f. “La familia célula de la sociedad”, en Compendio de la doctrina social de la Iglesia, op. cit., nº 209, pág.109.

[6] Conferencia Episcopal Española, Teología y secularización en España. A los cuarenta años de la clausura del Concilio Vaticano II. Instrucción Pastoral de la LXXXVI Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, Madrid, 30 de Marzo; en http://www.conferenciaepiscopal.es.

[7] Conferencia Episcopal Española, Plan Pastoral de la Conferencia Episcopal Española, 2006-2010. “Yo soy el pan de vida”(Jn 6, 35).Vivir de la Eucaristía, Edit. EDICE, Madrid, 2006.

[8] Pontificio Consejo <<Justicia y Paz>>, “La familia célula de la sociedad”, en Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 214, op. cit., pág. 111.