Objeción de conciencia

Autor: Padre José Manuel Otaolaurruchi, L.C.

 

 

“Conviene obedecer a Dios antes que a los hombres”. (Hch. 4,18) El caso emblemático de la objeción de conciencia lo hallamos en la respuesta que los apóstoles Pedro y Juan dieron a los sumos sacerdotes Anás y Caifás cuando les prohibieron predicar el nombre de Jesús. Pero ya antes los helenos reconocían que una persona tenía el derecho a desobedecer un mandato jurídico apelando a sus principios éticos o religiosos, como lo vemos en la tragedia griega, Antígona, de Sófocles. Creonte prohibió dar sepultura al cadáver del hermano de Antígona y esta valiente mujer murió por desobedecer el mandato del rey, pero no menoscabó su conciencia. En la actualidad se reconoce la objeción de conciencia de la persona, pero no siempre sucede lo mismo con el derecho de las instituciones como son los colegios, las universidades o los hospitales; de negocios, como farmacias u hoteles; o de organismos públicos como el congreso o el senado. Se hace hoy imperativo defender la objeción de conciencia de la persona y de las instituciones para no caer en un estado totalitario, dónde sólo vale lo políticamente correcto en detrimento de los valores fundamentales del ser humano.